Berriel: “El estudio de impacto ambiental de las prospecciones es inadmisible”
El consejero de Obras Públicas del Gobierno de Canarias resaltó que acudirán a los tribunales, si el Estado pretende aprobar las prospecciones en aguas del Archipiélago con un informe tan incompleto como el presentado por Repsol
CANARIAS.- El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, calificó hoy el Estudio de Impacto Ambiental presentado por Repsol para respaldar las prospecciones que piensa realizar en aguas cercanas a las islas como “un monumento a la falta de rigor y a la precipitación”.
De hecho, Berriel se mostró convencido ante el Pleno del Parlamento autonómico de que “si el Ministerio de Medio Ambiente no observa los graves vicios de nulidad, invalidez y posible fraude de ley en que se ha incurrido, serán los tribunales los que impidan las prospecciones por incumplir gravemente los requisitos exigidos.”
El consejero justificó su afirmación en que un estudio de impacto ambiental se elabora de acuerdo al Proyecto Técnico que se realiza para ejecutar un trabajo y es el propio estudio el que reconoce que no existe proyecto técnico aún, por lo que difícilmente pueden estudiarse con detalle los riesgos concretos que entraña su ejecución.
A su juicio, “se ha pretendido tapar, con información vacua e innecesaria, la ausencia de conocimiento sobre el riesgo que entraña el proyecto de prospecciones. Pues se reconoce, de manera insistente, que la mayor parte de las actuaciones que se pretenden realizar están aún en estudio o en fase de decisión, algo que afirman en el Estudio de Impacto en más de 19 ocasiones”.
Según el análisis del Estudio realizado por el Gobierno de Canarias, el texto deja en el aire demasiados aspectos sobre los que se debería contar con una información completa, ante los posibles riesgos para el Archipiélago. Son incertidumbres sobre asuntos tan relevantes como la toxicidad y composición de los lodos a emplear para lubricar las perforaciones; su uso y manipulación; los riesgos sísmicos derivados de las técnicas de fracking a emplear; o las especies que se pueden ver afectadas por las explosiones, los lodos, o las ondas acústicas que se van a producir.
El estudio de impacto tampoco proporciona el conocimiento suficiente sobre los valores ambientales que potencialmente se pueden ver afectados. Pues, ni la escala de trabajo es la adecuada a un proyecto, ni es la mínimamente necesaria para una correcta evaluación.
“En la misma línea –continuó Berriel-, Repsol no determina en el estudio de manera precisa, correcta y completa cuáles son los impactos que puede producir la actividad que pretende realizar, por lo que el documento es una completa burla al espíritu de prevención, transparencia y participación que debe contener cualquier estudio de este tipo.”
Ante este cúmulo de circunstancias, el consejero recordó al Ministerio que la Unión Europea es muy exigente en la vigilancia del cumplimiento de estos tres principios. Y, por esa razón, en los casos de minusvaloración o inobservancia, total o parcial, de dichas condiciones en los procesos de evaluación ambiental, castiga severamente a los Estados infractores, imponiendo sanciones y cancelando financiación comunitaria.
Y si el Estudio de Impacto Ambiental es impreciso determinando los riesgos de la operación, más aún lo es determinando sus consecuencias, pues deja fuera del estudio riesgos tan determinantes como son, entre otros:
La potencial afección a las costas del Archipiélago y los ecosistemas naturales que alberga.
La potencial afección a las zonas de captación de aguas para la desalinización, y por ende la integridad de las desaladoras de agua de mar.
El incremento del riesgo de producir movimientos tectónicos y seísmos, así como la sinergia que pueden provocar las operaciones con los riesgos de sismos que frecuentemente se registran en la zona, como consecuencia del carácter volcánico de las Islas Canarias.
Las afecciones socioeconómicas (turismo, acuicultura, agricultura, ganadería y pesca en general).
Las afecciones sobre determinadas áreas clave y especialmente sensibles tanto para España o la Unión Europea, como para la Organización Marítima Internacional (OMI), y concretamente sobre la Red Natura 2000 en áreas marítimas y su probable ampliación en la demarcación Canaria.
Para mayor abundamiento, el consejero consideró un reflejo del escaso interés que el promotor presta a los temas y riesgos ambientales en relación con este proyecto, el hecho de que el evaluador ni se ha planteado realizar un análisis social de la aceptación o rechazo que provoca el proyecto sobre la población de las Islas Canarias, tal y como exige la legislación vigente en la materia.
En concreto, Berriel citó textualmente el artículo 10 del Real Decreto 1131/1988, en el que se señala que “se indicarán los procedimientos utilizados para conocer el grado de aceptación o repulsa social de la actividad, así como las implicaciones económicas de sus efectos ambientales”.
Por ello, consideró que, llegados a esta fase del procedimiento, “cabe esperar todavía que los graves vicios de nulidad, invalidez, y posible fraude de ley, que han sido señalados con precisión de numerosos informes realizados, no sólo por el Gobierno de Canarias, sino también por los Cabildos de Lanzarote y Fuerteventura y por otras instituciones públicas, científicas, empresariales, profesionales, ambientalistas y ciudadanas, puedan ser subsanados por el órgano ambiental actuante, es decir, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que es el que ahora debe realizar la valoración del proceso seguido y actuar en consecuencia.”
“Si no es así –afirmó- tendrán que ser los Tribunales los que paralicen esta monumental chapuza administrativa.”