El Ayuntamiento de Guía de Isora aplaza el pago de los impuestos

El Ayuntamiento de Guía de Isora aplaza el pago de los impuestos


GUÍA DE ISORA, 17 de marzo de 2020. De forma complementaria a las medidas
que están tramitando los gobiernos central, autonómico e insular, el Ayuntamiento
de Guía de Isora ha solicitado al Consorcio de Tributos el aplazamiento del pago de
recibos que se hacen a través de este organismo, como los vados, la basura o el
rodaje, así como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
“Es fundamental que coordinemos esfuerzos y medidas para prevenir los efectos
económicos de esta situación. El tejido empresarial del municipio necesita todo
nuestro apoyo, especialmente las personas asalariadas, autónomos y pymes” indica
la alcaldesa, Josefa Mesa, a la vez que añade que “buscaremos alternativas
conjuntas. No podemos olvidar que los principales sectores de nuestra economía ya
se han visto afectados por recientes crisis y catástrofes naturales”.
Además, Guía de Isora ha reclamado ya al Gobierno del Estado que los municipios
económicamente saneados puedan utilizar el remanente de tesorería de que
disponen para impulsar la actividad económica y paliar los efectos que tendrá esta
pandemia. Esto fue anunciado en la última reunión de la Asociación de Municipios
Turísticos de Canarias, que cifran en torno a los mil millones de euros los fondos de
que disponen y que no pueden utilizar en base a la Ley de Estabilidad
Presupuestaria.
MEDIDAS ADOPTADAS RESPECTO AL PERSONAL DE LOS CONVENIOS DE
EMPLEO
Los programas de fomento del empleo que viene gestionando el Servicio Canario de
Empleo mediante la contratación temporal de personas desempleadas para la
realización de obras o servicios de interés general y de formación en alternancia con
el empleo se mantienen en vigor.
Sin perjuicio de lo anterior, las entidades beneficiarias y promotoras de los proyectos
de fomento del empleo y formación profesional en alternancia con el empleo (en este
caso los Ayuntamientos) podrán suspender la ejecución de las obras o servicios de
interés general y social en atención a las particulares circunstancias que se pudieran
dar en su ámbito de competencia en relación con las medidas de prevención y
contención relacionadas con el coronavirus (COVID-19). La entidad deberá
comunicar al SCE la adopción de estas medidas.
En el caso de que se suspendiera la ejecución de las obras o servicios, según lo
señalado en el punto anterior, ello no conllevará la suspensión de los contratos
temporales formalizados con las personas desempleadas participantes en estos
programas, por lo que dichos contratos permanecerán en vigor, así como la
correspondiente obligación de retribución. Los costes salariales ocasionados durantelos periodos de suspensión de la ejecución de las obras o servicios mantendrán su
carácter de subvencionables con cargo a las subvenciones concedidas, salvo en los
programas de Garantía Juvenil donde se arbitrarán las medidas correspondientes por
el SCE para que ello sea posible.