El Ayuntamiento de Santiago del Teide abre hasta el 15 de diciembre el plazo para optar a ayudas sociales destinadas al pago del recibo del IBI

Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones para las
que el Ayuntamiento destina una partida de 30.000€ los
vecinos que acrediten la condición de pensionistas,
desempleados de larga duración, personas con familiares con
discapacidad a su cargo y víctimas de violencia de género
El Ayuntamiento de Santiago del Teide ha aprobado la concesión de
subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia pública
competitiva, de ayudas equivalentes al 90% de la cuota íntegra del
IBI, para colaborar en los gastos de la vivienda habitual. Para esta
convocatoria de ayudas el Ayuntamiento destina una partida
presupuestaria de 30.000€.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones los vecinos que
acrediten la condición de pensionistas, desempleados de larga
duración, personas con familiares con discapacidad a su cargo o
víctimas de violencia de género, que satisfagan el impuesto de bienes
inmuebles de su vivienda habitual, que tengan una situación
económica social vulnerable y que reúnan y acrediten los requisitos
especificados en las Bases Reguladoras.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 15 de
diciembre y será requisito indispensable solicitar cita previa en el
teléfono 922-86-31-50. Este año, se habilitará, también, un lugar en la
zona costera para poder tramitar estas ayudas sin necesidad de acudir
hasta el propio ayuntamiento.
La prestación económica va destinada a los colectivos siguientes:
- Pensionistas que perciban una paga de un organismo público, por
razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad, o su cónyuge,
si es el titular de la vivienda. - Personas con discapacidad (Diversidad funcional o intelectual) o
con familiares con dicha condición a su cargo: el titular de la vivienda
deberá tener reconocida una minusvalía en grado igual o superior al
65%; o bien el solicitante deberá acreditar convivir con un familiar
hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad en línea recta o
colateral que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
*Desempleados de larga duración (o su cónyuge si es el titular de
la vivienda). A estos efectos, se entiende desempleado de larga
duración, a aquellas personas que figuren inscritas como demandantes
de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, con
una
antigüedad mínima y de manera ininterrumpida de doce meses,
anteriores a la fecha de solicitud de esta subvención.
*Víctimas de Violencia de Género: quienes acrediten mediante
sentencia judicial u orden de alejamiento que reconozca tal situación.
Para la percepción de estas ayudas será requisito indispensable que el
beneficiario esté empadronado y resida en Santiago del Teide con un
mínimo de un año de antigüedad en la vivienda para la cual solicita la
subvención. Además, debe ser propietario, usufructuario o titular de
un derecho de superficie sobre la vivienda donde habitualmente
reside, siempre que esté situada en el término municipal de Santiago
del Teide, y que, además, figure como obligado al pago en el recibo
del IBI en relación a dicha vivienda.
Por último, los ingresos de la unidad familiar no deben exceder los
límites establecidos y tampoco se han de poseer más de dos viviendas.