El Ayuntamiento de Santiago del Teide abre hasta el 15 de diciembre el plazo para optar a ayudas sociales destinadas al pago del recibo del IBI

El Ayuntamiento de Santiago del Teide abre hasta el 15 de diciembre el plazo para optar a ayudas sociales destinadas al pago del recibo del IBI


Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones para las
que el Ayuntamiento destina una partida de 30.000€ los
vecinos que acrediten la condición de pensionistas,
desempleados de larga duración, personas con familiares con
discapacidad a su cargo y víctimas de violencia de género

El Ayuntamiento de Santiago del Teide ha aprobado la concesión de
subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia pública
competitiva, de ayudas equivalentes al 90% de la cuota íntegra del
IBI, para colaborar en los gastos de la vivienda habitual. Para esta
convocatoria de ayudas el Ayuntamiento destina una partida
presupuestaria de 30.000€.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones los vecinos que
acrediten la condición de pensionistas, desempleados de larga
duración, personas con familiares con discapacidad a su cargo o
víctimas de violencia de género, que satisfagan el impuesto de bienes
inmuebles de su vivienda habitual, que tengan una situación
económica social vulnerable y que reúnan y acrediten los requisitos
especificados en las Bases Reguladoras.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 15 de
diciembre y será requisito indispensable solicitar cita previa en el
teléfono 922-86-31-50. Este año, se habilitará, también, un lugar en la
zona costera para poder tramitar estas ayudas sin necesidad de acudir
hasta el propio ayuntamiento.
La prestación económica va destinada a los colectivos siguientes:

  • Pensionistas que perciban una paga de un organismo público, por
    razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad, o su cónyuge,
    si es el titular de la vivienda.
  • Personas con discapacidad (Diversidad funcional o intelectual) o
    con familiares con dicha condición a su cargo: el titular de la vivienda
    deberá tener reconocida una minusvalía en grado igual o superior al
    65%; o bien el solicitante deberá acreditar convivir con un familiar
    hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad en línea recta o
    colateral que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
    *Desempleados de larga duración (o su cónyuge si es el titular de
    la vivienda). A estos efectos, se entiende desempleado de larga
    duración, a aquellas personas que figuren inscritas como demandantes
    de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, con
    una
    antigüedad mínima y de manera ininterrumpida de doce meses,
    anteriores a la fecha de solicitud de esta subvención.
    *Víctimas de Violencia de Género: quienes acrediten mediante
    sentencia judicial u orden de alejamiento que reconozca tal situación.
    Para la percepción de estas ayudas será requisito indispensable que el
    beneficiario esté empadronado y resida en Santiago del Teide con un
    mínimo de un año de antigüedad en la vivienda para la cual solicita la
    subvención. Además, debe ser propietario, usufructuario o titular de
    un derecho de superficie sobre la vivienda donde habitualmente
    reside, siempre que esté situada en el término municipal de Santiago
    del Teide, y que, además, figure como obligado al pago en el recibo
    del IBI en relación a dicha vivienda.
    Por último, los ingresos de la unidad familiar no deben exceder los
    límites establecidos y tampoco se han de poseer más de dos viviendas.