“El Gobierno se reserva la mayoría en Aena para garantizar el servicio público”

“El Gobierno se reserva la mayoría en Aena para garantizar el servicio público”

El PP recuerda que “la privatización parcial del ente público fue promovida y aprobada legalmente por el Gobierno del PSOE”

CANARIAS.- Australia Navarro, portavoz parlamentaria del Partido Popular de Canarias, aseguró hoy que “la privatización parcial del 49% de AENA no representa ninguna amenaza para los aeropuertos canarios y españoles porque el Gobierno de la Nación se reserva la mayoría para garantizar la personalidad y el servicio público”.

La portavoz parlamentaria del Partido Popular señaló que “la entrada de capital privado en el ente público nacional aportará mayor competitividad, dinamismo y eficacia en la gestión aeroportuaria española, como ocurre en los principales sistemas aéreos del mundo, sin tener que renunciar al carácter público del servicio, que seguirá en manos del Estado”.

Navarro informa de que este proceso de privatización parcial figura en el programa nacional de Reformas del Gobierno del Partido Popular y da cumplimiento al marco legal aprobado por el Gobierno del PSOE en el Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

En este sentido, la portavoz parlamentaria del PP expresó su extrañeza por la reacción negativa de dirigentes del PSOE a este proceso de privatización parcial “probablemente fruto del desconocimiento del decreto-ley socialista que apuesta decididamente por dar entrada a capital privado en Aena, preservando la mayoría en manos del Estado, tal y como se plantea hoy”.

Navarro desmiente categóricamente que el proceso abierto en Aena perjudique a los ciudadanos, “al contrario, una mayor eficacia y dinamismo en la gestión conducirá a un mejor servicio para los usuarios, como demuestran los sistemas aeroportuarios que operan con un modelo mixto en los principales países del mundo”.

En cualquier caso, la portavoz señaló que “en realidad, de lo que se queja Paulino Rivero como también hacen los soberanistas catalanes, es que con esta reforma del modelo de gestión de Aena se frena la voracidad nacionalista de apropiarse de los aeropuertos y trocear el sistema aeroportuario español, lo cual es absurdo”.

ANEXO:

Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo. (BOE 3 Dic 2010)
V.

El modelo actual de gestión aeroportuaria puede mejorar sus niveles de eficiencia abordando medidas que permitan acometer un importante proceso de modernización dirigido a la separación de las funciones de gestión aeroportuaria y las de navegación aérea que en España, hasta ahora, venían siendo desarrolladas por la misma Entidad Pública Empresarial, AENA, con el objetivo de mejorar la eficiencia y eficacia de nuestro sistema aeroportuario.

Tal proceso se inició con una importante reforma estructural en el ámbito de la navegación aérea, a través de la Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores de tránsito aéreo, en la que ya se identifica una clara separación entre los gestores aeroportuarios y los proveedores de servicios de navegación aérea.

El siguiente paso en este proceso de modernización pasa por abordar la reforma del ámbito de la gestión aeroportuaria, que es el que constituye el objeto de la presente norma, y que persigue como objetivo incrementar nuestros niveles de eficacia y eficiencia en la gestión, rentabilizar las inversiones realizadas y conseguir el máximo aprovechamiento de las infraestructuras de que disponemos.

En el entorno europeo los procesos de transformación operados en los distintos gestores aeroportuarios, se han decantado por configurar a los mismos con un enfoque más empresarial, acudiendo a fórmulas societarias, y situándolos plenamente en el ámbito del derecho mercantil.

La reforma que se aborda se inscribe en este marco y para ello prevé la creación de una Sociedad Estatal que asuma la gestión de los aeropuertos que hasta ahora viene gestionando la Entidad Pública Empresarial AENA, dotándola así de una estructura mercantil que posibilitará, no solo una mayor agilidad de gestión, sino además un marco jurídico más adecuado para mejorar la gestión de todas las actividades no estrictamente aeronáuticas que cada vez desarrollan más los gestores aeroportuarios, y que resultan necesarias para la financiación de las infraestructuras aeroportuarias sin que se grave más a las compañías aéreas y a los demás usuarios de las mismas.

Por otra parte la nueva estructura empresarial que se establece permite la consecución del objetivo de dar entrada al capital privado, si bien manteniendo en todo caso el carácter estatal de la sociedad, lo que supone el control de la mayoría de su capital.

Además se articulan dos vías para la posible gestión individualizada de los aeropuertos, que podrá articularse, bien a través de la creación de sociedades filiales de «Aena Aeropuertos, S.A.», bien a través del otorgamiento de concesiones a favor del sector privado.

Además, los ingresos de los gestores aeroportuarios deberán sujetarse a la regulación derivada a la transposición al derecho interno de la Directiva 2009/12/CE, de 11 de marzo, razón por la que quedan fuera del ámbito de regulación de este Real Decreto-ley.

Por último, hay que señalar que, tras la publicación del Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto, quedó sin efecto lo establecido en el apartado 1.b) de la disposición transitoria primera de la Ley 9/2010, de 14 de abril, procediéndose a clarificar mediante la disposición adicional segunda de este Real Decreto-ley el concepto de actividad aeronáutica, garantizando así de forma inmediata la necesaria capacidad de gestión del sistema aeroportuario español.

Con la misma finalidad de garantía del tráfico se incluyen dos modificaciones adicionales sobre atención en caso de enfermedad y garantía del servicio bajo la dirección, si fuera necesario, del Ministerio de Defensa.